8. Impertinencia e improcedencia

Prueba impertinente: es aquella que no tiene nada que ver con el juicio. Se relaciona con el tema que hay que probar, con los hechos controvertidos. Los pronunciamientos sobre la impertinencia se hacen en la sentencia de fondo o sea, el juez solo puede analizar la pertinencia de la prueba en la sentencia; y a las partes le corresponde hacerlo en los alegatos.

Prueba improcedente: es la prueba prohibida por la ley. El juez no podrá expedirse antes de la sentencia sobre la pertinencia de los hechos alegados o de la prueba solicitada, pero desechará la prueba prohibida por la ley.

Hay una confusión terminológica y muchas veces conceptual, se habla de impertinencia como si se tratara de improcedencia. Tanto la prueba improcedente como la prueba prohibida por la ley son pruebas que la por diversos motivos la ley no quiere que se produzcan. Por ejemplo: si se trata de una prueba ofrecida fuera del plazo previsto, o con fines maliciosos tendientes a alongar el proceso.

Cuando se habla de medios probatorios ilícitos, se refiere al uso de la tortura o tormentos para obtener pruebas, o cuando a través de la prueba se están quebrantando garantías o derechos de carácter constitucional; o cuando se están cercenando o violentando el derecho de la intimidad.

Tanto la improcedencia como la prueba prohibida por la ley entran dentro de la conceptualización genérica de que por alguna razón la ley no quiere que se produzcan. Pero en la prueba ilícita lo que se está cuestionando es el medio probatorio en sí. (Si la parte ofrece una prueba fuera del término es más que eso, no podrá producirla porque la presentó ex-temporánea, aun siendo lícita). Al hablar de prueba prohibida el caso más grosero es el de los tormentos. O la inspección corporal. Entra dentro de la conceptualización de la prueba inconducente que alude más a la idoneidad del medio probatorio y el hecho a probar que se acerca más a la impertinencia que a la improcedencia. Cuando una parte presenta una prueba improcedente y la otra la impugna, se le corre traslado al que la ofreció sustanciándose un incidente que el juez resuelve con el proceso paralizado.