4. Acuerdo homologado en sede judicial.

El acuerdo homologado en sede judicial es equiparable en cuanto a su fuerza ejecutoria a una sentencia condenatoria (conf. art. 500 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y art. 498 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires).

Por lo tanto, para que el convenio sea ejecutable debe estar homologado en sede judicial.

Una vez que ha sido homologado, se procederá para su ejecución como en el caso de una sentencia.

Si el convenio por alimentos no se encuentra homologado judicialmente, alguna jurisprudencia interpreta que igualmente tiene fuerza ejecutiva para las partes que lo suscribieron.

En tal sentido, se ha ido abriendo paso la postura jurisprudencial que permite la denominada “homologación tácita”, por la cual, a un convenio que no ha sido homologado pero que viene siendo cumplido por las partes se le asigna fuerza ejecutiva.

Y el criterio de esta postura jurisprudencial es recogida por la modificación introducida por la ley 15.513 en el Código de rito de la provincia de Buenos Aires.

Al respecto, se incorpora el inc. 7º al art. 521 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires.

Entre los títulos que traen aparejada la ejecución se contempla en el inc. 7º del art. 521 precitado: “el convenio de alimentos no homologado judicialmente que no reúna las condiciones establecidas en el inciso 2) en los siguientes casos: I. que cuente con firma certificada judicialmente o por autoridad administrativa competente, con intervención del obligado II. Que haya tenido principio de ejecución debidamente comprobado”.

Por lo tanto, se innova al respecto y se permite la ejecución del convenio de alimentos no presentado para homologar en sede judicial si ese convenio cuenta con firma certificada judicialmente o por autoridad administrativa competente, con intervención del obligado.

Asimismo, tendrá fuerza ejecutoria el convenio alimentario no homologado en sede judicial que haya tenido principio de ejecución debidamente comprobado.