1. Definición de contrato

El contrato es un acto jurídico mediante el cual dos o más partes prestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales (conf. art. 957 CCyC).

Las partes –siempre que cuenten con capacidad jurídica para hacerlo- pueden contratar libremente, acordando y determinando su contenido siempre entre los siguientes límites: 1) aquellos impuestos por la ley, 2) el orden público, 3) la moral y las buenas costumbres y 4) la buena fe.

Si se respetan tales principios, el contrato tendrá pleno efecto vinculante para las partes, pudiendo solo ser modificado por un nuevo acuerdo entre los intervinientes o en los supuestos previstos por ley (art. 959 CCyC).